En un mundo cada vez más regulado y transparente, las organizaciones, ya sean empresas, ayuntamientos o colegios profesionales, tienen la responsabilidad de establecer sistemas para denunciar irregularidades. Dentro de esta estructura, el canal de denuncias emerge como un elemento clave. Veamos cómo se aplica a los colegios profesionales y su imperativo legal.

¿Por qué los colegios profesionales necesitan un canal de denuncias?

Los colegios profesionales, al ser corporaciones de Derecho público, están obligados a implementar un canal de denuncias. Contrariamente a lo que ocurre con el canal de denuncias para empresas, su obligatoriedad no radica en el número de miembros o empleados, sino en su naturaleza jurídica. 

Esta implementación no solo refuerza la política de responsabilidad social corporativa sino que también es vital para cumplir con la legislación.

La Ley 2/2023, también conocida como la ley de protección de denunciantes, es la norma que rige estos canales en colegios profesionales.

Esta ley no solo se alinea con la Directiva Whistleblowing europea, sino que también tiene como objetivo proteger a quienes informan, conocidos como «whistleblowers«, de posibles represalias.

Características y beneficios del canal de denuncias

Entre las características clave de este canal se incluyen su accesibilidad, la posibilidad de realizar denuncias anónimas y la protección de la identidad del denunciante. La implementación de este canal no solo es una obligación legal, sino que también ofrece ventajas significativas en términos de transparencia y confianza.

Además, el canal puede ser gestionado internamente o a través de un proveedor externo. Sin embargo, la opción externa, como el canal de denuncias externo, es más recomendable, ya que suele simplificar y agilizar el proceso, garantizando el cumplimiento del compliance y respaldado por la experiencia de un compliance officer.

Pasos para su implementación y riesgos de no hacerlo

Para establecer este canal, los colegios profesionales deben:

  1. Decidir cómo se gestionarán las denuncias.
  2. Designar un Responsable del Sistema.
  3. Crear un protocolo y reglamento.
  4. Registrar las denuncias recibidas.
  5. Nombrar un Delegado de Protección de Datos (DPO).
  6. Comunicar el canal de denuncias tanto interna como externamente.

El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en sanciones significativas, en concreto, multas de hasta 1 millón de euros.

Conclusión

Los colegios profesionales, al igual que otras organizaciones, tienen una responsabilidad clara de establecer mecanismos de denuncia transparentes y efectivos. Estas herramientas no solo promueven la integridad, sino que también protegen a quienes denuncian y garantizan el cumplimiento legal.

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